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Resumen: Definición de TIPOS DE APORTACIÓN (Maestros > Aportaciones, pestaña APORTACIONES): alta, modificación y borrado de cada tipo de receta con grupo de facturación, % de aportación, importe máximo, gestión T.S.I., bloques automáticos, genéricos/precio menor y opciones de libros.
Palabras clave: tipo de aportación, % de aportación, pensionista, activo, importe fijo, máximo, gestión tsi, gestión automática de bloques, libro recetario, redirección de recetas, conciliación, marcar como baja, código r.d. 16/2012
Preguntas típicas: ¿Cómo doy de alta un tipo de aportación? | ¿Cómo defino un tipo de aportación con porcentaje limitado o importe máximo? | ¿Qué pasa si borro un tipo de aportación?
Al entrar en el proceso APORTACIONES se dispone de la pestaña "APORTACIONES", sobre la que se deberá hacer clic con el ratón para acceder al proceso de definición de tipos de aportación. Al ejecutar esta acción se muestra una ventana en la que figura una parrilla de exploración donde se presentan los tipos de aportación ya dados de alta y sus correspondientes datos. Esta información puede ser acotada y ordenada siguiendo la operatoria que una parrilla de este tipo conlleva. Si bien no se pueden modificar datos directamente en este punto, se dispone de los botones adecuados que permitirán el acceso a crear un nuevo tipo de aportación, borrarlo o modificarlo. Se deberá hacer uso de estos botones una vez seleccionado el tipo de aportación sobre el que se desea realizar la acción.
Debe tenerse en cuenta que en el borrado de un tipo de aportación se emitirá un aviso indicando que su borrado implicará la eliminación de los bloques de recetas y los posibles enlaces en estadillos de facturación que dicho tipo de aportación tuviese, debiéndose confirmar que se desea proseguir con el borrado.
Se dispone también del botón Conciliación, que permite la conciliación de recetas correspondientes al tipo de aportación sobre el que se esté situado. Para más información véase CONCILIACIÓN DE RECETAS.
Los campos que se solicitan en la definición de un tipo de aportación son los siguientes:
GRUPO DE FACTURACIÓN : Se debe indicar en este campo el código del grupo de facturación en el que se desea englobar el tipo de aportación. El mismo debe haber sido dado de alta con anterioridad.
DESCRIPCIÓN DEL GRUPO : En este campo se recogerá automáticamente el nombre correspondiente al grupo de facturación indicado en el campo anterior.
CÓDIGO R.D. – 16/2012 : En este campo se puede introducir el código de receta al que corresponde el tipo de aportación que se está definiendo. De esa forma, en el momento de la venta se facilita la localización de tipos de aportación a aplicar según el código de receta a dispensar.
CÓDIGO : Se permite un código de uno o dos caracteres alfanuméricos (letras y/o números). Este código será el que se utilice en VENTAS MOSTRADOR para indicar que se está vendiendo con este tipo de receta. Una vez dado de alta un tipo de aportación, no se podrá modificar su código.
DESCRIPCIÓN : Nombre del tipo de aportación. Este dato es de libre definición por parte del usuario.
% DE APORTACIÓN : Porcentaje sobre el P.V.P. que constituye la aportación propiamente dicha. Es decir el importe que va a pagar el cliente cuando compre con una receta correspondiente al tipo de aportación que se está definiendo. Este dato sólo será solicitado si se indica que la aportación es "porcentaje" según se indica más adelante.
Nº BLOQUE INICIAL : Indicar a partir de qué número se ha de empezar a numerar los bloques de recetas de este tipo de aportación. Si en el momento de modificar este dato hubiese ya bloques de este tipo de aportación, previa petición de conformidad, se procederá a su renumeración a partir del nuevo contador que se indique. En ningún caso se podrá modificar este contador sin renumerar los bloques ya existentes.
REDIRECCIÓN DE RECETAS : Se activará esta caja de chequeo cuando se desee que al introducir este tipo de aportación en VENTAS MOSTRADOR se apliquen las condiciones definidas para él (porcentaje de aportación, admisión o no de EFP, etc.), pero se desea incluir la receta en bloques de otro tipo de aportación diferente (el que se indique en la caja desplegable "Redirección de Recetas") para que sean aplicados los criterios de ese tipo a efectos de facturación (código contable, facturación por importes, códigos, etc.). De esta forma se consigue vender con tipos de aportación diferentes pero facturando todas las recetas juntas. Por ejemplo, en el caso de gestión de conjuntos homogéneos diferenciada de la gestión de precios menores propios de la comunidad autónoma (S.A.S., S.E.S., etc.) se pondrá vender con el tipo de aportación que corresponda a la receta aplicando las características propias, pero se incluirán en bloques comunes ambos tipos de recetas para ser facturadas conjuntamente. Obviamente, esta redirección de recetas sólo tiene sentido en el caso de llevar gestión automática de bloques de recetas o si, aún introduciendo los bloques manualmente, se va a hacer uso del proceso de conciliación de recetas en bloques.
NO REDIRECCIÓN CÍCEROS : Si se activa esta caja de chequeo significa que no habrá tratamiento especial para los artículos que sean cícero. Si por el contrario no se activa esta caja de chequeo significa que sí habrá distinción en el tratamiento de artículos cícero. No obstante, téngase en cuenta que esta caja no aparecerá habilitada si se ha activado "Redirección de Recetas", puesto que en este caso será en la definición de la aportación destino a la que se redirecciona donde se deberá indicar el tratamiento a dar a los cíceros.
FACTURACIÓN POR... : En el proceso de facturación de recetas, se pueden obtener unas solapas que se adjuntan a los bloques que se facturan. Dependiendo de zonas y tipos de recetas, en estas solapas debe figurar bien la suma de importes de todas las recetas que hay en el bloque, bien la suma de códigos de artículos de esas recetas. En este apartado se presentan tres botones radio en los cuales se especifica si, para el tipo de aportación que se está definiendo, se desea la suma de códigos o suma de importes. En el caso de que no se desee obtener solapas en la facturación, se seleccionará el botón radio N/A. Recuérdese que en el caso de pedir suma de códigos, hay que especificar cuántos dígitos del código deben tenerse en cuenta para hacer dicha suma. Esta especificación se hace en el apartado CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS, y es común para todos los tipos de aportación de los que se solicite suma de códigos. Debe tenerse en cuenta que en la suma de códigos se tendrá en cuenta las unidades de cada receta. Obviamente, si el tipo de aportación en cuestión pertenece a un grupo de facturación que se va a farcturar por documento de facturación (hojas de cupones precinto), este campo no estará disponible pues no tiene sentido al no tenerse que generar solapas para adjuntar a bloques de recetas por no ser este el sistema de facturación.
TIPO DE APORTACIÓN : En este campo aparecen cuatro botones radio:
. Un porcentaje : Indica el porcentaje del P.V.P que paga el cliente. Este es el caso a utilizar cuando se esté definiendo un tipo de aportación correspondiente a venta de artículos no cíceros. Si se selecciona este botón radio, se activará el campo "% de aportación" antes mencionado por si se desea modificar.
. M75 : Se introducirá este valor en el caso de estar definiendo un tipo de aportación en el que, sea cual sea el artículo, siempre se cobrarán al cliente X euros fijos. El caso más habitual actualmente es el de cobrar un importe fijo de 0’45 €. En ese caso concreto, cobrar 0’45 €, se debe indicar en el campo "Importe Fijo" esta cantidad. De hecho, la misma se asume automáticamente al activar este botón radio.
. LIM : Para los tipos de aportación que no se corresponden a un porcentaje exacto, por ejemplo en el caso de estar definiendo un tipo de aportación correspondiente a la venta con receta de artículos cícero o punto negro. En este caso se puede definir la fórmula que se debe aplicar para calcular el importe que debe pagar el cliente. Los campos que se deben cumplimentar son: el "%Limitada", el "Importe Fijo" y el "Máximo" en cuanto a importe.
. MIXTA : Al definir este tipo de aportación se podrá indicar un importe fijo y un porcentaje de aportación, de forma que en la venta que se aplique dicho tipo de aportación, al cliente se le cobrará en base a las siguientes consideraciones: Si el precio del artículo es inferior al importe fijo de la aportación, se cobrará el precio del artículo en su totalidad. Pero si el precio del artículo es superior al importe fijo de la aportación, se cobrará dicho importe fijo más el porcentaje indicado en la aportación aplicado sobre la diferencia entre el precio del artículo y el precio fijo. Ejemplo: Imagínese una aportación en la que se define un importe fijo de 30€ y un porcentaje del 60%. Al vender con dicha aportación un artículo con P.V.P de 100 €, se cobraría al cliente 72 €. Este importe es fruto de la siguiente operación: 30 € + (60% de 100-30) = 30 + 42.
% LIMITADA : Corresponde al porcentaje de la aportación que se va a cobrar al cliente en el caso de que el artículo sea cícero o de aportación limitada.
IMPORTE FIJO : Cantidad fija que se le va a cobrar al cliente.
MÁXIMO : Límite en cuanto a importe, es decir, la cantidad máxima que se le cobrará al cliente. Si tras realizarse el cálculo de "%Limitada" más "Importe Fijo" el P.V.P. excede a la cantidad introducida en este campo "Máximo", se le cobrará al cliente esta cantidad máxima y nunca un importe mayor.
SELECCIÓN DE TIPO : En esta caja desplegable aparecen todos los tipos de aportación que se tienen dados de alta para seleccionar, en el caso de que haya redirección de cíceros, el tipo de aportación al que se redirecciona.
CÓDIGO CONTABLE : En este campo se debe indicar la cuenta contable en la que se desea apuntar los movimientos de facturación de recetas del ipo de aportación que se está definiendo. Téngase en cuenta que esta misma cuenta será la que se asignará a las liquidaciones generadas por la facturación de las recetas de este tipo de aportación, es decir, será la que se utilizará cuando se vaya a notificar el cobro de las recetas facturadas, una vez las pague el Colegio u organismo correspondiente. Esta cuenta contable será siempre del grupo 471 Organismos Oficiales, y la terminación será asignada por el usuario atendiendo a sus necesidades en función de cómo se han de agrupar las liquidaciones de recetas, pudiendo asignar una cuenta diferente para cada tipo de aportación o englobar en una misma cuenta contable varios tipos (asignando a todos ellos la misma cuenta contable). Puesto que en la facturación de recetas se generará una liquidación por cada una de las cuentas contables que intervengan en la facturación (cuentas contables asignadas a los tipos de aportación facturados), insistimos en que para una correcta gestión de las liquidaciones es deseable que todas las aportaciones que se deben liquidar conjuntamente, es decir, aquellas cuyo pago por parte del organismo correspondiente es conjunta, tengan asignada la misma cuenta contable. Para más información sobre la consulta y notificación de cobro de estas liquidaciones véase el apartado LIQUIDACIONES.
VISADO DE INSPECCIÓN : Mediante esta caja de chequeo se va a indicar si al vender con el tipo de aportación que se está definiendo se desea que se emita un aviso en el caso de que el artículo esté marcado en su ficha como Visado de Inspección. Se emitirá también aviso cuando el artículo esté marcado en Base de Datos del C.G.C.O.F. como Diagnóstico Hospitalario. En ambos casos, se permitirá la venta de este tipo de artículos.
ADMITE E.F.P. : Mediante esta caja de chequeo se va a indicar si se desea que con el tipo de aportación que se está definiendo se puedan vender artículos E.F.P. (especialidades farmacéuticas publicitarias).
EXCLUIDOS S.S. : Mediante esta caja de chequeo se va a indicar si con el tipo de aportación que se está definiendo se permite o no vender los artículos que están excluidos de prestación por la Seguridad Social.
TICKET DE C.A. EN VENTA : Esta caja de chequeo sólo aparecerá si se tiene activo el parámetro Imprimir Ticket que determina su C. Autónoma. Su activación implica que cuando se venda con este tipo de aportación, se incluya en el ticket correspondiente a la venta con receta, el texto que se haya determinado en dicho parámetro.
GESTIÓN TSI : De activarse esta caja de chequeo se estará indicando que las dispensaciones efectuadas con este tipo de aportación conllevan una gestión de tarjeta sanitaria individual (T.S.I.), de forma que, sin en el proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS se tiene activa dicha gestión, al efectuarse ventas con este tipo de aportación se solicitarán los datos de lectura de dicha tarjeta.
EXCLUIR AVISO NO DISP. : De activarse esta caja de chequeo, se entenderá que en las ventas con este tipo de aportación no se emitirá aviso alguno cuando se intente dispensar un artículo catalogado como no dispensable.
RECETA S.N.S. : La utilidad de esta caja de chequeo es señalar qué tipos de aportación corresponden al Sistema Nacional de Salud (caja activada) y cuáles no (caja desactivada). Por defecto, aparecerá activa en todos aquellos tipos de aportación que sí gestionen Grupos de Precio Menor. De esta forma, en el momento de la dispensación se identifica automáticamente que se trata de una receta del S.N.S., lo que conllevará que se utilice el Precio de Facturación del artículo y no su P.V.P. (ni Precio Menor, ni Precio Más Bajo) en los casos en que ambos precios no sean coincidentes en el momento de la venta.
GESTIÓN AUTOMÁTICA DE BLOQUES DE RECETAS : Sólo si en CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS, en su entorno VENTAS, se ha indicado que se desea gestión automática de bloques o gestión automática de bloques (devoluciones) por tipo de aportación, figurará esta caja de chequeo. Su activación implica que con las ventas realizadas con este tipo de aportación se irán generando automáticamente los correspondientes bloques de recetas para su facturación. Si se deja desactivada implicará que para este tipo de aportación no se desea generación automática de bloques.
% DTO. FACTURAC. : Este campo solamente figurará en el caso de que se haya indicado Sí en el parámetro "Gestión de Descuentos en Facturación", ubicado en el entorno RECETAS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS. En él se puede introducir el porcentaje de descuento a aplicar en la facturación de recetas. Este descuento se aplicará sobre el pendiente de cobro total de la facturación (es decir, incluyendo tanto especialidades como parafarmacia). Así pues, de indicarse dicho descuento, en el informe de facturación de recetas se informará de los importes brutos reales de la facturación (es decir, líquido pendiente de cobro sin descuento), así como de los descuentos aplicados según lo indicado en este campo, y de los importes netos de facturación (es decir, líquido pendiente de cobro una vez aplicado el descuento). De esta forma se podrán gestionar aquellos casos en que u organismo correspondiente no realiza el pago total de las recetas facturadas (caso de farmacias militares, patronatos, etc.).
FAMILIAS : No todos los artículos se pueden vender con todos los tipos de receta. En este campo se van a seleccionar las familias de artículos que sí pueden venderse con el tipo de receta que se está definiendo. Esta selección se hará mediante una ventana de selección que aparecerá tras hacer clic sobre este botón Familia, con todas las posibilidades que este tipo de elementos proporciona.
MARCAS TIPO : Este apartado va a permitir indicar para cada tipo de artículo el tratamiento a realizar al venderlo con el tipo de aportación que se está definiendo. Recuérdese que es en la ficha del artículo donde se puede indicar de qué tipo es, siendo posible tipos A, B, C, D o E. Será el usuario quien dé a cada tipo la significación que estime oportuna. Así pues, al definir un tipo de aportación se podrá indicar para cada tipo si se puede dispensar o no con ese tipo de receta o si hay que direccionar la venta a otro tipo de aportación. Esta posibilidad de gestionar recetas según tipo de artículo sólo se encontrará habilitada si en el proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS se ha indicado que sí se desea llevar “Gestión ampliada de excluidos”.
CONJUNTOS HOMOGÉNEOS : En este apartado se indicarán los conjuntos homogéneos de los que se desea llevar control en la dispensación con este tipo de receta en lo referente a precios de referencia. Así, cuando se venda un artículo incluido en alguno de los conjuntos homogéneos seleccionados en este apartado, si su P.V.P. supera al precio de referencia fijado para ese conjunto, la aportación se calculará sobre el precio de referencia y no sobre el P.V.P. La diferencia entre P.V.P. y precio de referencia deberá pagarla el cliente. Ahora bien, si el conjunto homogéneo no es seleccionado en este apartado, al vender un artículo de dicho conjunto con este tipo de aportación no se efectuará este control, y la aportación se calculará siempre sobre P.V.P., supere o no el precio de referencia fijado para el conjunto homogéneo en cuestión. Para más información, véase la ayuda del proceso VENTAS MOSTRADOR.
GRUPOS P. MENOR : Esta caja de chequeo sólo aparecerá si se tiene activado el parámetro "Gestión del Acuerdo de Grupos P.Menor". Se deberá activar en aquellos tipos de aportación dedicados a la facturación de las recetas por principio activo (D.O.E.), según acuerdo establecido entre el Servicio de Salud y el Consejo de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de cada Comunidad Autónoma. Así, cuando se venda un artículo incluido en alguno de los grupos de artículos con gestión de precio menor, se efectuarán los cálculos pertinentes para hallar el importe a cobrar al cliente. Para más información al respecto véase el apartado DISPENSACION DE ARTÍCULOS SEGÚN ACUERDO DE PRECIOS MENORES.
EXCLUIR AVISO NO EFG : Esta caja de chequeo sólo aparecerá si los parámetros Gestión del Acuerdo de Grupos P.Menor y Aviso de dispensación DOE sin Genérico están activados, y además se activa la anteriormente mencionada caja “Grupos P.Menor”. Su activación implica que en VENTAS MOSTRADOR, cuando se dispense con esta aportación no aparezca aviso de que el artículo no es EFG.
LISTA : No todos los artículos se pueden vender con todos los tipos de receta. En este campo se van a seleccionar las listas de artículos que sí pueden venderse con el tipo de receta que se está definiendo. Esta selección se hará mediante una ventana de selección que aparecerá tras hacer clic sobre este botón Lista, con todas las posibilidades que este tipo de elementos proporciona. Se podrá elegir la lista “Almacén completo” cuando no se desee aplicar ninguna restricción por lista.
NO SOLICITAR CIP EN TICKET DE VENTA : Sólo si se tiene activo el parámetro Gestión de CIPs en Doc. de Venta, se dispondrá de esta caja de chequeo, cuya activación implicará que al vender con ese tipo de aportación no se solicite el CIP.
NO GESTIONAR CÁLCULO APORTACIÓN : Esta caja de chequeo sólo estará disponible si la farmacia está ubicada en el País Vasco o en Madrid. Su activación implica que en las dispensaciones que se realicen con este tipo de aportación no se realizará consulta al Servicio de Salud sobre el copago sanitario.
INCLUIR TODAS LAS VENTAS EN EL LIBRO RECETARIO : Si se activa esta caja de chequeo, todas las ventas que se realicen con ese tipo de aportación serán anotadas en el Libro Recetario. Será de utilidad, por ejemplo, en el caso de tipos de aportación correspondientes a ventas de veterinaria, en la que todas las ventas deben anotarse en el Libro.
MARCAR USO VETERINARIO EN EL LIBRO RECETARIO : Si se activa este check las ventas realizadas con ese tipo pasarán al Libro Recetario marcadas como ‘uso veterinario’. Este check solamente estará disponible si se tiene activado ‘Incluir todas las ventas en el Libro Recetario’.
INCLUIR TODAS LAS VENTAS EN EL LIBRO ORTOPEDIA : Si se activa, las ventas realizadas con este tipo de aportación pasarán al Libro de Ortopedia, caso de estar éste activo.
MARCAR COMO BAJA : Su activación implica que este tipo de aportación sea considerado como dado de baja, de forma que en los selectores de búsqueda de tipos de aportación en Farmatic no figuren. No obstante, en la parrilla de tipos de aportación se dispondrá del check ‘Incluir Aportaciones marcadas como baja’, que permitirá que éstas se visualicen o no según conveniencia. Este check aparecerá marcado o desmarcado en función de cómo se dejó la última vez que se modificara. Asimismo, en el menú APORTACIONES se dispone de dos opciones: MARCAR T.A. COMO BAJA (permite marcar como baja todos los tipos de aportación que no se hayan utilizado en ventas desde el número de meses que se indique) y RESTITUIR T.A. MARCADOS COMO BAJA (permite desactivar la marca de baja en todoso los tipos de aportación).
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Resumen: Definición de GRUPOS DE FACTURACIÓN (Maestros > Aportaciones): código, descripción, nº de recetas por bloque, tabla de deducciones, RD 8/2010 y facturación por H.C.P. o por bloques; botón Conciliación.
Palabras clave: grupo de facturación, muface, isfas, seguridad social, nº recetas por bloque, 25 recetas, rd 8/2010, h.c.p., hoja cupón precinto, tabla de deducciones, conciliación
Preguntas típicas: ¿Cómo creo un grupo de facturación? | ¿Cómo cambio de facturar por bloques a hojas de cupón precinto? | ¿Cuántas recetas lleva un bloque?
En este apartado será donde se definan los diferentes grupos de facturación con los que se va a trabajar. La información que se solicita es la siguiente:
CÓDIGO : En este campo introduciremos el código que va a identificar a cada grupo de facturación que se vaya a dar de alta.
DESCRIPCIÓN : Nombre del grupo de facturación. Por ejemplo, Muface, Isfas, Seguridad Social, etc.
Nº RECETAS / BLOQUE : Donde se indicará cuántas recetas puede contener como máximo un bloque de recetas correspondiente a tipos de aportación englobados en este grupo de facturación (téngase en cuenta que indicar 0 en este campo será equivalente a haber indicado el estándar de 25 recetas).
TABLA DE DEDUCCIONES : Donde se indicará qué tabla de deducciones debe aplicarse en la facturación de recetas del grupo de facturación en cuestión.
APLICAR DEDUC. RD 8/2010 : Donde indicar si se desea que se aplique o no las deducciones del RD 8/2010.
FACTURABLE POR H.C.P. : Téngase en cuenta que si en el parámetro Localización – Comunidad Autónoma se ha indicado Castilla-La Mancha las siglas serán D.F. Serán C.G.D. para la Comunidad Valenciana, o J.M. para Aragón. Para el resto de ubicaciones, las siglas serán H.C.P. En todos los casos, en esta columna será donde indicar si la facturación para ese grupo se realiza por hojas de cupón precinto. En caso de indicarse que no, se entenderá que la facturación se realiza por bloques de recetas. El H.C.P. al que pertenece cada receta será un dato recogido por el módulo de Receta Electrónica si la dispensación se realiza por esa vía. En caso de que no se trate de receta electrónica, o aún siéndolo no se dispusiese de ese dato, será el usuario quien pueda indicar el H.C.P. que corresponda a cada venta. La operatoria de trabajo diferirá en función de si se lleva o no gestión automática de recetas.
Cabe destacar que para poder pasar de facturación por bloques a facturación por H.C.P. es preciso que todas las recetas del grupo implicado se hallen facturadas. De no ser así, se emitirá un aviso y no se permitirá modificar la modalidad de trabajo.
Esta información se presenta mediante una parrilla de exploración, con todas las posibilidades que este tipo de elementos proporciona.
Seleccionando uno o varios de los grupos de facturación presentes en la parrilla y haciendo clic sobre el botón Conciliación se efectuará una conciliación de recetas correspondientes a los tipos de aportación englobados en los grupos de facturación seleccionados. Para más información al respecto véase CONCILIACIÓN DE RECETAS.