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Resumen: Detalla los datos de cada anotación de los libros Recetario y de Estupefacientes: tipo de prescripción, nº recetario, paciente, médico, adquiriente, prescripción, uso veterinario, farmacia elaboradora/dispensadora, saldos, proveedor, NICA, composición y receta electrónica.
Palabras clave: datos del libro recetario, tipo de prescripción, adquiriente, datos del médico, datos del paciente, nº de estupefaciente, saldo anterior, saldo final, nica, composición fórmula, tipo de movimiento, vale
Preguntas típicas: ¿Qué datos hay que rellenar en una anotación del libro de estupefacientes? | ¿Qué es el adquiriente? | ¿Cómo se anota una fórmula magistral?
Tanto al introducir un nuevo registro como al efectuar modificaciones, tanto si estas acciones se realizan desde la pestaña “LIBRO RECETARIO” como desde la pestaña “LIBRO DE ESTUPEFACIENTES”, afectarán en ambos libros, pues realmente el registro es único.
Los datos que se solicitarán en la introducción de un nuevo registro, ya sea desde ventas, si se tiene activado el parámetro, o desde el propio libro, y por tanto serán los datos que será posible imprimir son:
TIPO DE PRESCRIPCIÓN : Se activará el botón radio correspondiente al tipo de artículo de que se trate, pudiendo ser: Psicótropo, Estupefaciente, Especial Control Médico (E.C.M.), Fórmula, Principio Activo u Otros (se consideran "otros" artículos que no siendo psicótropos, estupefacientes, fórmulas ni de especial control médico, en su ficha están marcados como de anotación en libro, es decir, en su ficha se activó la caja de chequeo "Libro Recetario" o "Libro sólo Vta. Receta"). Si en un registro existente se modifica el tipo de prescripción, se solicitará confirmación.
Nº RECETARIO : Número de orden que se asigna a cada registro del Libro Recetario. Este número es asignado automáticamente por la aplicación de forma secuencial, no pudiéndose modificar salvo mediante el proceso de renumeración lanzado desde la pestaña “LIBRO RECETARIO”. Será opcional que el número de orden que se asigna a cada registro del Libro Recetario vaya acompañado de los dos últimos dígitos del año en que se produce la anotación en el libro. Así pues, si se activa la caja de chequeo “Mostrar Numeración del Libro Compuesta (Número / Año)”, en el número de recetario se añadirán al final y separado por una barra los dos dígitos del año. Por ejemplo, 00001/99. De no activarse esta caja en el número del libro no se hará referencia al año. Siguiendo con el mismo ejemplo, 00001.
FECHA DE LA ANOTACIÓN: Fecha en la que se vendió el artículo a registrar. En el caso de tratarse de un registro de estupefaciente, podrá corresponderse a la fecha de recepción en el caso de ser un movimiento de entrada. Haciendo uso del bótón Fecha que figura junto a este campo, ser podrá también indicar la hora en que se realizó la operación de venta o recepción.
DATOS DEL PACIENTE : Figurando código y nombre del mismo, así como su D.N.I. y número de Seguridad Social (este número puede introducirse vía scanner y admite un máximo de 16 caracteres). La introducción del paciente podrá efectuarse directamente por su código o efectuando una búsqueda mediante el botón Buscar. Si se introduce un código de paciente inexistente, al efectuarse la grabación del registro se avisará de ello y se preguntará si se desea dar de alta al nuevo paciente introducido con los datos de nombre, D.N.I. y número S.S. indicados. Del mismo modo, si se asigna un código de paciente no válido, al grabar se avisa de ello y se da de alta el paciente con un código automático y secuencial, advirtiéndose del código que se ha asignado. Debe tenerse en cuenta que cuando se edita un registro ya existente en el libro, el código de paciente aparecerá en blanco, si bien permanecen los datos de nombre, D.N.I y S.S. del paciente al que se ligó el registro, si bien puede ser modificado introduciendo un cliente diferente. De otra parte, en este campo se dispone del botón Nuevo. Si se hace clic sobre él habiendo introducido un código de paciente ya existente, se accederá a la ficha del mismo pudiéndose modificar. Si se hace uso del botón Nuevo sin haber introducido paciente, se dará opción a dar de alta un nuevo paciente. En el campo correspondiente al número de S.S. se permite también leer una tarjeta sanitaria (TSI) para que se recoja el correspondiente CIP.
Debe tenerse en cuenta que no se solicitará el dato de paciente si se trata de un registro de entrada (recepción) de un estupefaciente, pues no ha lugar.
En farmacias de la Comunidad Valenciana, si se tiene activo el parámetro Validar datos del Libro de Estupefacientes no se permitirá grabar ningún registro en el Libro de Estupefacientes en el que no se especifique nombre de paciente.
Ahora bien, no se solicitará el dato de médico si se trata de un registro de entrada (recepción) de un estupefaciente, pues no ha lugar.
Caso especial es el de las farmacias de Galicia, ya que por normativa no se pueden guardar los médicos en base de datos de Farmatic. Por tanto, los datos del médico recojerán automáticamente en registros procedentes del módulo de Receta Electrónica. Pero en registros manuales o desde Farmatic, no se puede seleccionar médico (el icono de búsqueda aparece inhabilitado: ), sino que se deberá introducir los datos de forma manual.
Atendiendo a la normativa vigente en La Rioja, cuando la dispensación de estupefaciente no proceda de Receta Electrónica, el DNI del adquiriente lo deberá cumplimentar manualmente el farmacéutico. Asimismo, no se cumplimentará automáticamente el nombre del adquiriente con el nombre del paciente al editar registros del Libro de Estupefacientes, ya sea desde el proceso de ventas o desde Receta Electrónica.
DATOS DE LA PRESCRIPCIÓN : Si el artículo ha sido incluido en el libro en el momento de realizar su venta, en el campo Código aparecerá el código del artículo que se ha dispensado, la descripción, el precio, el stock anterior que había del artículo antes de la dispensación y el stock final del artículo. Si se introducen los datos en ese momento, introducir el artículo por código o descripción y se actualizan el resto de datos. Si se trata de una sustancia estupefaciente, se deberá hacer uso del botón para su introducción. En caso de trabajar con el módulo de Receta Electrónica de la Comunidad Valenciana, en los registros tipo ‘Fórmula’ se dispondrá también del campo ‘Código Fórmula’, donde reflejar el código de 5 dígitos de las fórmulas codificadas para su envío al Servicio de Salud. Si está activo el parámetro Libro de estupefacientes – Registrar las sustancias en gramos, en el entorno RECEPCIÓN del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS, se convertirán automáticamente las cantidades de las sustancias estupefacientes para que en el movimiento del libro se reflejen gramos. Así, por ejemplo en Galicia, donde las cantidades en vales deben expresarse en miligramos, se podrá asignar como miligramos como unidad a las sustancias y Farmatic se encargará de convertir las cantidades a gramos para hacer los apuntes en el Libro de Estupefacientes.
USO VETERINARIO : Su activación implica que el artículo dispensado es de uso veterinario. Además, sólo en el caso de farmacias de la Comunidad Valenciana, al activar este check se deberá indicar si el uso veterinario es de tipo ‘Particular’ o ‘Profesional’. En el entorno VENTAS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS se encuentra el parámetro Gestión de Estupefacientes de uso veterinario en el Libro Recetario. Si está activo, cuando se incluya en el Libro de Estupefacientes, manualmente o de forma automática, un estupefaciente de uso veterinario (check ‘Uso Veterinario’ activo en la anotación del libro), se anotará también en el Libro Recetario. Si se tiene activo el parámetro y se da de alta un estupefaciente sin marcar el check de ‘Uso Veterinario’, no se generará entrada en el Libro Recetario. Solamente entrará en el Libro de Estupefacientes.
Además, hay que tener en cuenta que, si el parámetro Gestión de Estupefacientes de uso veterinario en el Libro Recetario está activado y el parámetro Libro de Estupefacientes-Mantener movimiento original en devoluciones y/o modificaciones está desactivado:
- Si se edita un estupefaciente y se marca el check ‘Uso Veterinario’, se dará de alta automáticamente el estupefaciente en el Libro Recetario.
Si se edita un estupefaciente y se desmarca el check ‘Uso Veterinario’, se eliminará automáticamente del Libro Recetario la entrada que se había producido al marcar el check.
Si se borra un estupefaciente que ha entrado en los dos libros, se borrará de los dos
Por contra, si el parámetro Gestión de Estupefacientes de uso veterinario en el Libro Recetario está activado y el parámetro Libro de Estupefacientes-Mantener movimiento original en devoluciones y/o modificaciones está activado:
Si se edita un estupefaciente y se marca el check ‘Uso Veterinario’, se mantendrá el movimiento original y se dará de alta el estupefaciente en el Libro Recetario y en el de Estupefacientes.
Si se edita un estupefaciente y se desmarca el check ‘Uso Veterinario’, se mantendrá el movimiento original y se creará un registro en el Libro de Estupefacientes.
Si está activo el parámetro Incluir texto automáticamente en las observaciones al marcar uso veterinario, incluido en el entorno VENTAS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS, se incluirá el texto ‘VETERINARIO’ en las observaciones de los registros en los que se active el check ‘Uso Veterinario’.
Por último, recordar que en la definición de tipos de aportación se puede indicar que las ventas de un determinado tipo pasen siempre al libro marcados como uso veterinario. Bastará con activar el check ‘Marcar Uso Veterinario en el Libro Recetario’.
FARMACIA ELABORADORA : Sólo en el caso de registro con tipo de prescripción‘Fórmula’, se podrá indicar la farmacia que fabrica la fórmula.
FARMACIA DISPENSADORA : Sólo en el caso de registro con tipo de prescripción‘Fórmula’, se podrá indicar la farmacia que dispensa la fórmula.
Las farmacias elaboradoras y dispensadoras deben darse de alta. Para ello, hacer clic en el botón que hay al lado de ambos campos, estando el campo vacío. Se presentará una ventana donde se deberá indicar Nombre, tipo de farmacia, NIF, número de colegiado, dirección, teléfono, email. Una misma farmacia puede definirse como elaboradora y dispensadora, sólo elaboradora o sólo dispensadora, según sus funciones. Para modificar los datos de una farmacia, seleccionarla en el campo y hacer clic en .
OBSERVACIONES : En este campo, al que se accede haciendo uso del botón correspondiente, el usuario podrá introducir cualquier anotación o texto que estime conveniente (máximo 255 caracteres). Estas observaciones podrán ser consultadas en cualquier momento, así como podrán ser incluidas como un dato más al imprimir el libro. Además, si se tiene activo el parámetro Libro Recetario-Guardar el tipo de venta en las observaciones y/o Libro de Estupefacientes-Guardar el tipo de venta en las observaciones (entorno VENTAS del proceso CONFIGURACIÓN/PARÁMETROS), de forma automática en este campo se recogerá el tipo de venta de que se trate. Si es venta libre así se indicará. Si es venta con receta se indicará así y además se hará mención al tipo de aportación utilizado. En el caso de trabajar con receta electrónica de la Comunidad Valenciana, en este apartado se recogerán también los identificadores de las dispensacioes que hayan sido realizadas mediante el módulo de receta electrónica (aparecerá /IdDispensación: xxxx/, donde xxx será el identificador de dispensación correspondiente). Se accede a la introducción de observaciones mediante el botón .
S. ANT. : Stock que había de forma previa al movimiento al que corresponde el registro del libro.
CANT. : Unidades que entran o salen, según sea un registro de salida o de entrada. Debe tenerse en cuenta que en el caso de trabajar con el módulo de Receta Electrónica de Galicia, el dato de cantidad siempre ha de aparecer en positivo por normativa vigente. Por tanto, en los registros de devolución a proveedor, aparecerá la cantidad devuelta en positivo y en tipo de movimiento aparecerá ‘Devol. Recep.’. En el caso de la devolución en ventas, también la cantidad será positiva, y en tipo de movimiento figurará ‘Devol. Venta’. Tanto en devolución a proveedor como en devolución de ventas, si se ha de modificar manualmente la cantidad se debe introducir el nuevo dato en positivo. Internamente se sumará o restará según corresponda según el tipo de movimiento.
Se permitirá o no modificar este campo en función de si está activo o no el parámetro Libro de estupefacientes - Permitir modificar la cantidad. Si se modifica la cantidad en un registro del libro ya existente o se crea un registro nuevo directamente en el libro, se reasignarán los valores de stock inicial y stock final de los movimientos con fecha posterior al que se está modificando para el artículo concreto, de forma que el libro mantenga una coherencia en ese sentido con el stock actual de la ficha del artículo en cuestión.
Por ejemplo, si en el libro hubiera estos tres registros:
1.- Stock inicial: 3 Cantidad: 1 Stock Fina: 2
2.- Stock inicial: 2 Cantidad: 1 Stock final: 1
3.- Stock inicial: 1 Cantidad: 1 Stock final: 1
Si se modifica el registro 1 poniendo cantidad 2, en el libro los registros quedarían así:
1.- Stock inicial: 3 Cantidad: 2 Stock Fina: 1 (el registro modificado quedará anulado)
2.- Stock inicial: 3 Cantidad: 1 Stock final: 2
3.- Stock inicial: 2 Cantidad: 1 Stock final: 1
En esta gestión de ajuste, en ningún caso se modificará la ‘Cantidad’ de ningún movimiento del libro. Tampoco se modificarán movimientos ‘Anulados’, ya que no están activos.
El movimiento de corrección que genera la modificación se añade al final de todos los registros. Si en ese punto el stock de ficha de artículo no coincidiera con el stock final del último registro del libro, se mostrará un mensaje y se preguntará si se desea asignar el stock final del libro al stock de la ficha del artículo. Si se contesta afirmativamente, se actualizará el stock actual en ficha y en el histórico de modificación de stock figurará una modificación indicando que se ha modificado el stock desde el Libro de Estupefacientes:
S. FINAL : Stock que queda tras el movimiento al que corresponde el registro del libro.
PROVEEDOR : Proveedor que ha suministrado el producto.
NICA : En caso de movimientos de compra o devolución al proveedor de un estupefaciente, en este campo figurará el identificador del proveedor en el sistema de Libro de Estupefacientes electrónico. Por defecto se asumirá el primer NICA que el proveedor indicado tenga en su ficha, si bien se puede modificar o bien dejar en blanco. Ahora bien, será obligatorio en farmacias de Castilla y León, Cantabria y Navarra.
LOTE: En este campo se introduce el lote al que pertenece el artículo al que se refiere el registro del Libro. Dato obligatorio en La Rioja. Si se dispone de lectura datamatrix del artículo, se cumplimentará automáticamente. Así, tanto en ventas como en recepción se extraerá el lote de la lectura datamatrix para anotarlo en los libros. Si en una misma línea de venta o recepción hay varias lecturas datamatrix, en los libros se anotará la primera de ellas. En el caso de que la línea de venta proceda del módulo de Receta Electrónica, se tomará el lote de la lectura datamatrix recibida desde dicho módulo. En la anotación manual en los libros, también se asumirá el lote si se introduce el artículo mediante lectura datamatrix.
TALONARIO/Nº RECETA: En este campo se deberá introducir manualmente por parte del usuario el número de receta, si así lo estima conveniente.
COMPOSICIÓN : Sólo en el caso de tratarse de una fórmula o artículo E.C.M. (de especial control médico) se tendrá disponible el botón que permitirá acceder a una ventana en la que el usuario podrá, si así lo estima conveniente, introducir los datos de composición de la misma (máximo 80 caracteres).
CANT. : Sólo en el caso de tratarse de un Principio Activo, se dispondrá de este campo en el que indicar la cantidad de sustancia utilizada, admitiéndose el uso de decimales. Dicha cantidad se restará al stock anterior para hallarse el stock final restante. En el caso de que se trabaje con la aplicación Formulación Magistral, si el artículo indicado se encuentra dado de alta como componente, en el campo correspondiente a stock anterior se asumirá el stock real que el componente en cuestión tenga reflejado en ella.
FARMACIA ELABORADORA : Sólo en el caso de registro tipo ‘Fórmula’ se podrá especificar la farmacia que ha fabricado la fórmula.
FARMACIA DISPENSADORA : Sólo en el caso de registro tipo ‘Fórmula’ se podrá especificar la farmacia que ha dispensado la fórmula.
Tanto farmacia eleboradora como farmacia dispensadora deben darse de alta. Para ello, hacer clic en el botón que hay al lado de ambos campos , estando el campo vacío. Cumplimentar los datos que se solicitan. Una misma farmacia puede definirse como elaboradora y dispensadora, sólo elaboradora o sólo dispensadora, según sus funciones. Para modificar los datos de una farmacia, seleccionarla en el campo y hacer clic en .
Sólo en el caso de tratarse de un registro de estupefaciente, se presentarán también estos campos:
Nº ESTUPEFAC. : Número de anotación en el Libro de Estupefacientes. Nada tiene que ver con el número de anotación en el Libro Recetario, antes mencionado. Este número es asignado automáticamente por la aplicación de forma secuencial, no pudiéndose modificar salvo mediante el proceso de renumeración lanzado desde la pestaña “LIBRO DE ESTUPEFACIENTES”.
TIPO DE MOVIMIENTO : Indicar el tipo de registro de que se trata, pudiendo optarse por: Venta (es decir dispensación o devolución del artículo), Recep. (es decir, entrada o salida del estupefaciente desde recepción de mercancías), Otros (movimientos que no son ni de venta ni de recepción, por ejemplo, roturas o robos). En el caso de Galicia, las devoluciones en ventas figurarán como ‘Devol. Venta’ y las devoluciones a proveedor como ‘Devol. Recep’.
Sólo en el caso de farmacias de la Comunidad Valenciana, se dispondrá del check OLVIDO, ROBO, PÉRDIDA, DEVOLUCIÓN O DESCTRUCCIÓN, que permite indicar que se ha producido un olvido de anotación o una pérdida, devolución a proveedor, destrucción o robo que implica una merma en el stock de un estupefaciente. Con la activación de este check no se generará un nuevo movimiento de corrección, sino que el movimiento en sí se actualizará añadiéndole el código de incidencia. No obstante, si se activa el check ‘Eliminación’ el movimiento modificado se volverá a enviar con las modificaciones realizadas, pero sin generar un nuevo movimiento. En el caso de que se edite un movimiento aún no enviado al Servicio de Salud, o cuando se cree un movimiento nuevo, el ser activado supondrá que se modifique ese movimiento sin crear un movimiento nuevo. Ahora bien, se permite marcar como olvido movimientos correspondientes a correcciones con código de incidencia. Cuando se envíen los movimientos al Servicio de Salud a través del módulo de Receta Electrónica, si el movimiento está marcado como olvido no se enviará la incidencia. Pero si se desmarcara el check ‘olvido’ previamente, se enviaría la incidencia original.
Además, sólo en el caso de la Comunidad Valenciana, se dispondrá de la opción Carga Inicial (para introducir el registro inicial de un artículo en el Libro de Estupefacientes). Una vez indicado el código del artículo en cuestión, automáticamente se cumplimentan los siguientes datos del nuevo movimiento, que será tratado como un movimiento de entrada:
Número de vale: Se asignará atendiendo al formato exigido en función de la provincia en la que se ubica la farmacia:
Alicante: CARGA 3 A-XXX-F AAAA (donde XXX es el número de la farmacia (SOE) sin ceros a la izquierda y AAA es el código del artículo).
Castellón: CARGA 12 CS-XXX-F AAAA (donde XXX es el número de la farmacia (SOE) sin ceros a la izquierda y AAA es el código del artículo).
Precio: el PVP del artículo
NICA: V-99-AM
SERIE VALE / NÚMERO : Sólo en el caso de tratarse de una recepción de estupefaciente, se solicitará este campo donde, si se estima oportuno, se podrán introducir los datos de serie y número del albarán de recepción (o devolución) correspondiente. Este dato es obligatorio. Activando el check ‘Nuevo formato Vale Estupefaciente’ se pedirá solamente la introducción de Número Vale, en vez de Serie Vale/Número.
Solamente en el caso de movimientos del Libro de Estupefacientes que hayan sido enviados de forma electrónica al Servicio de Salud desde el módulo de Receta Electrónica (Comunidad Valenciana, Galicia, Navarra, etc.), estarán resaltados en verde, se dispondrá de estos datos:
ID. ENVÍO DE RECETA ELECTRÓNICA : Identificador del envío.
FECHA DE ENVÍO : Fecha y hora en la que el movimiento fue enviado al Servicio de Salud de forma electrónica.
CONSIDERACIONES SI HAY GESTIÓN ELECTRÓNICA DE LOS LIBROS
En aquellas comunidades en las que se lleva una gestión electrónica de los libros de estupefacientes y/o recetario, hay que destacar algunos comportamientos específicos que difieren de unas comunidades a otras.
CATALUÑA: En este caso, los datos recogidos desde el módulo de Receta Electrónica se pasan al libro en Farmatic, pero no al contrario. Es decir, los cambios que se realicen en el Libro de Estupefacientes en Farmatic no serán pasados al módulo de Receta Electrónica, por lo que no se notificarán al Servicio de Salud. Los cambios a comunicar deben realizarse directamente en el módulo de Receta Electrónica.
GALICIA: En este caso, cada cambio que se realice en el Libro de Estupefaciente de Farmatic se notifica en ese mismo momento al Servicio de Salud a través del módulo de Receta Electrónica. No se permiten modificaciones a posteriori sobre los movimientos.
COMUNIDAD VALENCIANA: Las modificaciones que se realicen sobre los libros en Farmatic se registrarán en el módulo de Receta Electrónica, desde donde se notificarán al Servicio de Salud cuando se realice el correspondiente envío de esta información.
En la edición de registro del libro de estupefacientes de Farmatic se dispondrá del check ‘OLVIDO, ROBO, PÉRDIDA, DEVOLUCIÓN O DESCTRUCCIÓN’, que permite indicar que se ha producido un olvido de anotación o una pérdida, devolución a proveedor, destrucción o robo que implica una merma en el stock de un estupefaciente. Con la activación de este check no se generará un nuevo movimiento de corrección, sino que el movimiento en sí se actualizará añadiéndole el código de incidencia.
No obstante, si se activa el check ‘Eliminación’ el movimiento modificado se volverá a enviar con las modificaciones realizadas, pero sin generar un nuevo movimiento. En el caso de que se edite un movimiento aún no enviado al Servicio de Salud, o cuando se cree un movimiento nuevo, su activación supondrá que se modifique ese movimiento sin crear un movimiento nuevo.
Ahora bien, se permite marcar como olvido movimientos correspondientes a correcciones con código de incidencia.
Cuando se envíen los movimientos al Servicio de Salud a través del módulo de Receta Electrónica, si el movimiento está marcado como olvido no se enviará la incidencia. Pero si se desmarcara el check ‘olvido’ previamente, se enviaría la incidencia original.
Además, se puede pasar registros del Libro al Histórico en Farmatic, estén ya enviados o no. Bastará con hacer uso del botón . Se presentará una ventana en la que elegir si pasar a histórico todas las líneas del Libro de Estupefacientes, solamente las previamente seleccionadas en el grid o las comprendidas entre unas fechas concretas. Se solicitará confirmación para proceder con el cambio. Una vez pasadas las líneas al histórico, estén o no ya enviadas al Servicio de Salud, desaparecerán del Libro propiamente dicho y entrarán a formar parte del histórico ( ).
ASTURIAS, CANTABRIA, CASTILLA Y LEÓN, EXTREMADURA, NAVARRA, MURCIA, CASTILLA-LA MANCHA, LA RIOJA, ARAGÓN, MADRID, LAS PALMAS y TENERIFE: En estas comunidades las modificaciones que se realicen sobre los movimientos en el libro de estupefacientes en Farmatic se pasarán al módulo de Receta Electrónica, desde donde se realizará la notificación al Servicio de Salud cuando corresponda. Se debe tener en cuenta que:
Eliminación de movimientos ya enviados. Se deberá activar el check ‘Eliminado’ y seleccionar la incidencia que provoca la eliminación. Se marcará el movimiento original como anulado no modificable y se creará un nuevo registro de corrección.
Modificación de movimientos ya enviados. Cuando se modifique un dato incluido en la lista de incidencias del Servicio de Salud (prescriptor, proveedor, unidades dispensadas, fecha de movimiento o tipo de movimiento) en un movimiento ya enviado, se creará un movimiento nuevo de corrección y se asignará automáticamente una incidencia según el dato que se haya modificado. Si se modifica más de un dato o el dato modificado no está entre las incidencias contempladas por el Servicio de Salud (por ejemplo, la modificación de P.V.P.), el movimiento original queda anulado y se crea un movimiento nuevo de eliminación con la incidencia ‘Otros’ relacionado con el original y se solicitará cumplimentar un campo de observaciones En cualquiera de los dos casos, el movimiento original quedará marcado como anulado y no se podrá modificar.
Marcar un movimiento como olvido. Cuando se vaya a anotar un movimiento que no fue anotado en el momento en que se produjo, para evitar entrar en conflicto con el orden cronológico riguroso que debe presentar la numeración del Libro de Estupefacientes, se deberá indicar la fecha real en que se produjo y activar el check ‘Movimiento Olvidado’. Se asignará al movimiento la fecha actual, aunque internamente se guarda la fecha en que se produjo. Sólo debe aplicarse en el caso de que no haya trascurrido más de un mes desde que el movimiento se produjo realmente. Debe tenerse en cuenta que un movimiento ya enviado no presentará el check ‘Movimiento Olvidado’.
Movimientos robados, perdidos o destruidos. Se deberá seleccionar el tipo de movimiento ‘Otros’ y seleccionar el tipo de incidencia. Se solicitará indicar la fecha de la incidencia (robo, pérdida o deterioro del producto). Ahora bien, si antes de enviarlo se cambia a tipo Venta o Recepción, no se tratará como incidencia. Si ya está enviado, al modificar cualquier campo que requiera que se genere un movimiento nuevo de eliminación y otro nuevo independiente, éste último será del mismo tipo que el original.
Devoluciones de ventas. Puesto que no está contemplada su notificación al Servicio de Salud, cuando en ventas se realice una devolución de un estupefaciente, se buscará un movimiento de salida que coincida en el código del producto, el número de talonario, cuya cantidad sea igual o superior a la cantidad devuelta y no esté marcado como eliminado. Si no se encuentra, no se permitirá continuar, apareciendo un mensaje al respecto.
En caso de sí encontrarse un movimiento coincidente:
Si el movimiento origen no está enviado y coinciden las unidades, se borrará del libro de estupefacientes y no quedará registrada la anulación. Será como si esa dispensación no se hubiera realizado.
Si el movimiento origen no está enviado pero la cantidad es superior a las unidades devueltas, se actualizará el movimiento restando las devoluciones. El movimiento de devolución no se registrará.
Si el movimiento origen ya está enviado y coinciden las unidades, se creará un movimiento de "Eliminación" con la incidencia "Cantidad de producto incorrecta" y quedará pendiente de envío. El movimiento original quedará anulado y relacionado con el movimiento de eliminación. El movimiento de devolución no se registrará.
Si el movimiento origen ya está enviado pero la cantidad es superior a las unidades devueltas, se creará un movimiento de corrección con las unidades correspondientes y se asignará la incidencia "Cantidad de producto incorrecta". El movimiento original se marcará como anulado.
Modificación del stock de un estupefaciente desde su ficha en Farmatic. No se permite aumentar el stock, indicándose que debería efectuarse una recepción de mercancías. Si se disminuye el stock, se deberá indicar el motivo de la disminución: robado, perdido, destruido. Se generará el movimiento correspondiente en el Libro de Estupefacientes.
Regularizaciones de stock con gestión electrónica de estupefacientes: Existe un mensaje parametrizado de confirmación de generación de apunte en el libro cuando desde cualquier proceso se realiza una regularización de stock que implica disminución de algún estupefaciente y se trabaja con gestión electrónica del Libro de Estupefacientes.
Cuando se muestra este mensaje en un proceso, si no se desea que se repita la pregunta para cada estupefaciente en el que disminuye su stock bastará con activar el check ‘Recordar la acción y no volver a mostrar esta pregunta’. De esta forma, a todos los estupefacientes se aplicará la contestación elegida (sí o no continuar?. Si ese check no se marca, se repetirá el mensaje para cada estjupefaciente, pudiéndose dar contestación diferente según se crea conveniente. El comportamiento puede parametrizarse desde el proceso MENSAJES PARAMETRIZADOS del menú ARCHIVO > UTILIDADES. Los procesos desde los que se puede generar regularización de stock son:
Ficha del artículo.
Edición de Inventario.
Modificación de artículos mediante lista.
Modificación descuadres lotes/caducidad.
Control SACS.
Monodosis.
Regularización de stock de almacenes.