Ruta: Verifactu > Gestión Verifactu en Farmatic > Identificación y validación de clientes
Resumen: Cómo identificar clientes (NIF o extranjeros con check 'Otros Países') y validar nombre y NIF contra el censo de la A.E.A.T. desde Maestros > Clientes, para que no rechacen el registro de facturación.
Palabras clave: validar clientes aeat, nif cliente, censo aeat, otros países, pasaporte, cliente extranjero, ticket nominativo, factura nominativa, nif incorrecto, cliente de paso, permitir cerrar la venta aunque el cliente no esté correctamente validado
Preguntas típicas: ¿Cómo valido el NIF de mis clientes con Hacienda? | ¿Cómo registro a un cliente extranjero con pasaporte? | ¿Por qué rechaza la A.E.A.T. mi factura a un cliente?
Cuando se emite un documento de venta nominativo (facturas, tickets nominativos, etc.) es necesario identificar al cliente al que se emite según lo exigido por la A.E.A.T.
En el caso de clientes españoles la identificación se realiza mediante su NIF. Pero en el caso de clientes extranjeros, esta identificación puede realizarse por medio de diferentes documentos (NIF, pasaporte…). En la pestaña “DATOS GENERALES” de la ficha del cliente en Farmatic se dispone del check ‘Otros Países’ que deberá activarse cuando la identificación no se realice mediante un NIF o DNI español. Al activar el check se habilitarán los campos en los que indicar el tipo de documento identificativo que se va a registrar, su número y el país al que corresponde.
También se pueden registrar estos datos en el caso de clientes de paso:
De otra parte, en el caso de clientes españoles, el nombre y NIF del cliente en el documento de venta (ticket nominativo, factura) debe coincidir exactamente con lo registrado en el censo de la A.E.A.T., pues de lo contrario será rechazado el correspondiente registro de facturación. Por ello, se ha dispuesto de un proceso que permite cotejar dichos datos entre los clientes registrados en Farmatic y los registrados en la A.E.A.T.
Así, en el proceso MAESTROS / CLIENTES, junto al grid de clientes se dispone del botón que lanzará una validación de los nombres y NIF de los clientes dados de alta en Farmatic en el censo de la A.E.A.T., previa petición de conformidad para ello:
Una vez finalizado el proceso, se emitirá un mensaje y en la columna ‘NIF’ del grid de clientes aparecerá un icono que indicará si los datos del cliente coinciden o no con su registro en la A.E.A.T.:
Datos correctos:
Datos incorrectos:
Datos parcialmente correctos (aceptados por la A.E.A.T. aunque no coincide la letra del NIF):
Además, en la propia ficha de cliente se dispondrá del botón que permite validar únicamente el nombre y NIF del cliente en cuestión cuando se considere necesario. Junto a él aparecerá una leyenda indicando si los datos han sido ya validados correctamente o con resultado incorrecto.
La validación de datos se producirá automáticamente también si se modifican nombre o NIF en la ficha de cliente.
Si la validación de datos del cliente es correcta, se mostrará un mensaje como este:
En VENTAS MOSTRADOR se realizará validación de cliente de forma automática si contiene líneas de crédito o si se emite un documento nominativo (ticket, albarán o factura con cliente identificado).
Si la validación de los datos de un cliente al hacerle una venta no fuese satisfactoria, el comportamiento será el que se indique en el parámetro Permitir cerrar la venta aunque el cliente no esté correctamente validado por la AEAT, del entorno VENTAS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS.
Por defecto estará activado (valor ‘Sí’), con lo que ante un cliente que no se ha podido validar correctamente, se avisaría de ello y se daría opción a continuar o no con la venta:
Si se opta por continuar sin validar correctamente los datos fiscales, la operación de venta se registrará igualmente a todos los efectos en Farmatic, si bien se produciría un rechazo por parte de la A.E.A.T. si nombre y NIF en Farmatic no coinciden con el censo. A posteriori se tendría que corregir los datos del cliente para que se envíe la rectificación correspondiente a la A.E.A.T., como se comenta más adelante.
Si el parámetro Permitir cerrar la venta aunque el cliente no esté correctamente validado por la AEAT se desactiva, no se permitirá cerrar la venta, presentándose el siguiente mensaje:
La mencionada gestión de validación de datos se aplicará también en el caso de clientes de paso (sin ficha abierta en Farmatic), en cuya ventana de datos se dispondrá también del botón . También en este caso se validará el cliente al cerrar la venta. De no ser correcta se avisará de ello.
Si se decide continuar con una venta a un cliente no validado correctamente, téngase en cuenta que la operación será rechazada por la A.E.A.T., si bien podrá rectificarse a posteriori, como se comenta más adelante.
Por último, indicar que en la ventana de VENTAS MOSTRADOR, cuando se seleccione un cliente se mostrará icono indicativo de que sus datos están validados correcta, parcialmente correcta o incorrectamente: , o . Si aún no se han validado, el icono será .
Ruta: Verifactu > Gestión Verifactu en Farmatic > Venta y Verifactu
Resumen: Explica qué ocurre al cerrar una venta en Ventas Mostrador con Verifactu activo: se genera y envía el registro de facturación y se imprime el QR tributario y la leyenda VERIFACTU en el ticket o factura.
Palabras clave: código qr ticket, verifactu, ventas mostrador, cerrar venta, presupuesto, registro de facturación, xml, cabecera ticket, qr tributario
Preguntas típicas: ¿Por qué sale un QR en el ticket? | ¿Se envían a Hacienda los presupuestos? | ¿Qué pasa al cerrar una venta con Verifactu activo?
Mientras esté activa la gestión Verifactu, cuando se cierre una venta en VENTAS MOSTRADOR de Farmatic se notificará al servicio de A.E.A.T. (salvo que tenga asociado como tipo de documento ‘presupuesto’, puesto que no se trataría de una venta de facto). Este envío de información es totalmente transparente para el usuario.
Así, cuando se realiza una venta se genera un registro de facturación con todos los datos requeridos en la normativa (datos identificativos del documento, desglose de bases y cuotas, importe total, datos de encadenamiento y del sistema informático…). Esta información se envía a la A.E.A.T. en un archivo xml, validándose que cumple el formato exigido.
Recuérdese, no obstante, que si la validación de los datos de un cliente al hacerle una venta no fuese satisfactoria, el comportamiento será el que se indique en el parámetro Permitir cerrar la venta aunque el cliente no esté correctamente validado por la AEAT, del entorno VENTAS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS, según se ha detallado anteriormente en el apartado de identificación y validación de clientes.
Asimismo, a partir de los datos de la operación (NIF, número de documento, fecha de expedición e importe total) se generará automáticamente un código QR (permite leer la URL de la agencia tributaria donde se ha registrado el ticket o factura). Se imprimirá en el ticket o la factura de la venta para su entrega al cliente, junto a las leyendas oficiales “QR tributario” y “VERI*FACTU”. Esta información se imprimirá en la cabecera del documento de venta, atendiendo al formato exigido.
Ejemplo de cabecera de ticket con código QR:
Ejemplo de cabecera de factura en formato tradicional de Farmatic:
NOTA: Si se trabaja con formatos personalizados de facturas, se deben modificar las plantillas correspondientes para incluir el código QR tributario. Al respecto, debe tenerse en cuenta que solamente se pueden incluir códigos QR en plantillas dotm. Por tanto, para utilizar facturas a través del DISEÑADOR DE DOCUMENTOS de Farmatic, se debe utilizar plantillas de este tipo. Bastará con editar en Word la plantilla que se esté utilizando hasta el momento y guardarla como tipo ‘dotm’. Farmatic cuenta con plantillas ya adaptadas al respecto: Factura blanconegro RGPD QR_VeriFactu.dotm y Factura color RGPD_QR_VeriFactu.dotm, tanto para contado como para crédito.
En cualquier caso, si el cliente lee el código QR tributario se abrirá la web de la A.E.A.T. mostrando la información de la operación a la que corresponde, dándose así cumplimiento a uno de los requisitos de la normativa Verifactu:
En este punto hay que resaltar el hecho de que para que la impresión de QR sea posible es necesario tener activo el parámetro Gestión gráfica de impresión de tickets del entorno CONFIGURACIÓN TICKETS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS. De no estarlo, al entrar en Farmatic se advertirá de ello, pues si no se subsana la situación no será posible la impresión de códigos QR tributarios.
En cualquier caso, se dispone del proceso TEST IMPRESIÓN QR EN TICKET, ubicado en el menú UTILIDADES -> VERIFACTU, que permite lanzar la impresión de un código QR de prueba para verificar que la impresora asociada a ese puesto de trabajo puede imprimir este tipo de códigos.
Si el resultado es satisfactorio se imprimirá un QR cuya lectura redirige a la web de Consoft.
La impresión gráfica, como hemos dicho, debe estar activa. Si no lo está se avisará de ello:
Ruta: Verifactu > Gestión Verifactu en Farmatic > Devolución de venta con Verifactu
Resumen: Explica cómo se tratan las devoluciones de venta con Verifactu: parámetros de facturas rectificativas, indicar la venta original y generación de abono o rectificativa por diferencias.
Palabras clave: devolución, abono, factura rectificativa, rectificativa por diferencias, venta original, devolver artículo, gestión de facturas rectificativas en ventas de contado, fecha de operación, fecha de expedición
Preguntas típicas: ¿Cómo hago una devolución con Verifactu? | ¿Qué pasa si no indico la venta original al devolver? | ¿Qué fecha lleva la factura rectificativa?
Las devoluciones de venta también se han de notificar a la A.E.A.T.
Por ello, al activar esta gestión se habrán activado automáticamente los parámetros Gestión de facturas rectificativas en ventas de contado y Gestión de facturas rectificativas al facturar ventas a crédito (entorno VENTAS del proceso CONFIGURACIÓN / PARÁMETROS).
La activación de estos parámetros conlleva que cuando en VENTAS MOSTRADOR se realice una devolución de un artículo se dará opción a indicar la venta original del producto que se está devolviendo.
Si no se indica a qué venta original corresponde la devolución, se generará una factura de abono normal y se enviará a la A.E.A.T. el correspondiente registro de facturación. Se avisará previamente de ello:
También se avisará si no se localiza ninguna operación de venta que concuerde con los datos de la devolución:
En el caso de que sí se indique la venta original, se generará una rectificativa por diferencias.
Esta factura rectificativa (será nominativa o simplificada en función del tipo de documento elegido) quedará ligada a la operación rectificada correspondiente. La fecha de operación de esta factura rectificativa será la de la operación original, si bien su fecha de expedición será la actual. Es decir, si el día 10 se rectifica una operación del día 3, la factura rectificativa tendrá fecha de operación el día 3 y fecha de expedición del día 10.
Las devoluciones de ventas al completo se realizan mediante anulación, no mediante rectificación, como se detalla en el apartado RECTIFICAR/ANULAR/SUBSANAR (ver tema: Rectificar / Anular / Subsanar).
Ruta: Verifactu > Gestión Verifactu en Farmatic > Facturación de ventas
Resumen: Cómo afecta Verifactu a la facturación de ventas a clientes: la factura emitida es rectificativa por sustitución, hay que facturar ventas completas y se explica el caso de venta mixta contado/crédito.
Palabras clave: facturar ventas, factura rectificativa por sustitución, venta mixta, contado y crédito, facturar a crédito, líneas de la venta, duplicidad, facturación a clientes
Preguntas típicas: ¿Por qué no me deja facturar solo algunas líneas de una venta? | ¿Cómo facturo una venta mixta de contado y crédito? | ¿Se duplican en Hacienda las ventas al facturarlas?
Al facturar ventas a clientes, se enviará a la A.E.A.T. la información correspondiente a la factura que se emite junto con otros datos requeridos (huella se seguimiento, etc.). En el documento emitido se imprimirá el QR tributario Verifactu correspondiente con los datos de la factura.
Ahora bien, la factura que se emite en el momento de la facturación será una rectificativa por sustitución de las operaciones de venta que incluye y que se enviaron ya a la A.E.A.T. en el momento de la venta. De esta forma, no se produce duplicidad de datos en Hacienda.
Es importante tener presente que, puesto que en la factura rectificativa se notifica la relación de operaciones de venta a las que corresponde y no se admite incluir una misma operación en más de una factura rectificativa, se deben facturar operaciones completas (es decir, todas las líneas de una misma venta deben facturarse conjuntamente). Por ello, si en el momento de la facturación no se seleccionan todas las líneas de una venta se avisará de ello y no se dejará proseguir la facturación:
Caso especial: Facturación con venta mixta.
Cuando se realice una venta que incluya líneas de contado y líneas de crédito, se generará un único registro de facturación por la venta completa y será notificado a la A.E.A.T.
Pero, para poder facturar posteriormente solo las líneas de crédito de esa venta, es necesario desglosar la venta mixta original en dos ventas (una de contado y otra de crédito). De esta forma, se podrá facturar de forma normal la venta de crédito. Todo ello con las correspondientes notificaciones a la A.E.A.T.
En la práctica, esto se traduce en que, en el momento de facturar las líneas de crédito, automáticamente se rectificará la venta original dejando solamente las líneas de contado y se creará una venta solo con las líneas de crédito. Esa venta de crédito será la que realmente se facture de la forma habitual, generándose la correspondiente factura rectificativa por sustitución que, a efectos de la A.E.A.T., sustituye a la venta crédito.
Así, en el momento de la facturación de esas líneas de crédito desde el proceso de facturación de Farmatic, se ejecutarán automáticamente estos pasos:
1.- Se creará una factura rectificativa por diferencias de la venta mixta original, con las líneas de crédito facturadas en negativo, que quedará relacionada con el registro original de la venta. Es decir, a efectos fiscales, se rectifica la operación original eliminando las líneas a crédito y dejando solamente los contados. Se notifica a la A.E.A.T.
2.- Se crea una venta solo con las líneas de crédito y se notifica el correspondiente registro de facturación a la A.E.A.T.
3.- Se procede con la facturación de esa venta a crédito de la forma habitual, emitiéndose una factura rectificativa por sustitución de la venta y se notifica a la A.E.A.T.
Todas estas acciones quedarán debidamente reflejadas en los procesos DIARIO DE VENTAS, FICHA DE CLIENTE y VERIFACTU en Farmatic.
Ruta: Verifactu > Gestión Verifactu en Farmatic > Reimpresión de documentos de venta
Resumen: Explica cuándo la reimpresión de un ticket o factura genera un envío a la A.E.A.T. (cuando se añade cliente a una venta sin él) desde Operaciones anteriores o Diario de ventas.
Palabras clave: reimprimir ticket, reimprimir factura, operaciones anteriores, diario de ventas, añadir cliente a venta, ticket nominativo, validación cliente, ctrl alt o
Preguntas típicas: ¿Puedo reimprimir un ticket como factura a nombre de un cliente? | ¿Reimprimir un documento envía algo a Hacienda? | No me deja reimprimir, ¿por qué?
La reimpresión de un documento de venta no implica un envío de información a A.E.A.T., a no ser que el documento original no fuese nominativo y el documento elegido para la reimpresión sí lo sea. Es decir, cuando la venta pase de no tener cliente asignado a tenerlo.
En ese caso, sí será necesario enviar información a la A.E.A.T. puesto que habrá que notificar el cliente asociado a la operación.
Por ello, cuando en el proceso OPERACIONES ANTERIORES (menú OPERACIÓN dentro de VENTAS MOSTRADOR o
Si la venta no tenía cliente asociado, se solicitará introducir los datos de cliente en este momento y se validarán contra el censo de la A.E.A.T. Si la validación es correcta, se realiza la reimpresión. Si no es correcta, se hará la reimpresión salvo que se haya indicado ‘No’ en el parámetro Permitir cerrar la venta aunque el cliente no esté correctamente validado por la A.E.A.T., en cuyo caso no se permitirá la reimpresión.
Si la venta sí tenía cliente asociado, se comprobará si el cliente está ya correctamente validado contra el censo de la A.E.A.T. El comportamiento variará según sea el caso:
Por el contrario, si se ha optado por no realizar validación de datos del cliente en este momento, dependiendo del estado del parámetro Permitir cerrar la venta aunque el cliente no esté correctamente validado por la A.E.A.T., se realizará reimpresión o no.
Ha de tenerse en cuenta que la reimpresión implica que, de forma transparente para el usuario, se realizarán estos dos pasos:
1.- Se emitirá una factura de abono simplificada idéntica a la original, con la misma fecha de operación y fecha de expedición de este momento. Esta factura se notificará a la A.E.A.T. mediante el envío del correspondiente registro de facturación.
2.- Además, se expedirá una factura nominativa normal en la que la fecha de operación será la de la venta original y la fecha de emisión será la del lmomento de la reimpresión. Esta nueva factura ya estará asociada al cliente que se haya indicado, dato este que se enviará a la A.E.A.T. junto con el resto de información de la factura.
A continuación puede observarse el resulado de la reimpresión de la operación A000197/2026 de fecha 05/05/26 (primera imagen) y cómo se ha generado tanto el abono correspondiente como la nueva factura nominativa (sombreado en rojo en la segunda imagen).
En la nueva factura, la fecha de emisión será la del momento de su impresión (sombreado en rojo) y la fecha de operación seguirá siendo la de la venta original (sombreado en azul):
Por último, indicar que no se permite reimprimir un documento de una operación que ya fue rectificada. De intentarlo se avisará de ello y no se procederá con la reimpresión:
Ruta: Verifactu > Gestión Verifactu en Farmatic > Liquidación de recetas
Resumen: Cómo notificar a la A.E.A.T. las liquidaciones de recetas al Colegio para farmacias sin Libro de Registro de IVA, mediante el botón de liquidaciones en Histórico Verifactu (factura simplificada serie FR al 4%).
Palabras clave: liquidación de recetas, liquidación colegio, serie fr, factura simplificada, recargo de equivalencia, libro de registro de iva, importe ingreso irpf, liquidación pagos por mediación, 4%
Preguntas típicas:* ¿Cómo notifico la liquidación mensual de recetas a Hacienda? | ¿Qué importe pongo en la liquidación al Colegio? | ¿Todas las farmacias deben notificar las liquidaciones a mano?
Las liquidaciones de recetas al Colegio, como parte de venta que son, también deben notificarse a la A.E.A.T.
Las farmacias que tengan activo el Libro de Registro de I.V.A., puesto que al facturar las recetas se genera la correspondiente factura, automáticamente será notificada a la A.E.A.T. en ese mismo momento. No tendrán que hacer ninguna notificación a posteriori.
Pero las farmacias en Recargo de Equivalencia o en Régimen General que no tengan activo el Libro de Registro de I.V.A., ya que la facturación de recetas no genera factura, sí tendrán que notificar las liquidaciones a la A.E.A.T. a posteriori.
Para ello, en el proceso HISTÓRICO VERI*FACTU se dispone del botón que va a permitir introducir las liquidaciones en el circuito Verifactu.
Al hacer clic en dicho botón se abre una ventana en la que figuran todas las liquidaciones que ya se han realizado.
Para introducir una nueva liquidación hacer clic en . Se solicitará introducir fecha de la liquidación e importe de esta:
Por defecto la fecha de liquidación propuesta será el mes anterior.
Situándose sobre el campo de importe de la liquidación se informa mediante un hint de qué éste debe recoger el ‘Importe Ingreso IRPF. Cantidad (Total abonos – Descuentos Sanidad y Otras entidades) del documento mensual “Liquidación pagos por mediación” del Colegio’.
Al aceptar, se creará una factura simplificada de la serie ‘FR’, con fecha de operación el último día del mes indicado como fecha de la liquidación. Se asignará la fecha del momento como fecha de expedición. El tipo impositivo será del 4%.
El registro de facturación correspondiente a esta factura simplificada será enviado a la A.E.A.T. En el grid de consulta del proceso HISTÓRICO VERIFACTU, junto al número de factura, se mostrará el icono correspondiente al estado de envío y aceptación. Si en este campo no figura ningún icono, indicará que la factura aún no ha sido enviada.
Las facturas correspondientes a liquidaciones de recetas no podrán rectificarse.
Si fuese necesario, se puede anular una liquidación seleccionándola y clicando en .